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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-7

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP O-7
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:PONIENTE SUR
hoja/s nº orden:33, 40
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):357.164
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,80
techo máximo edificable (m2 techo):285.731
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:MC, PAS
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Consolidación del modelo de ciudad definido en el Plan General precedente mediante la generación y urbanización de un sector de extensión residencial adyacente a los últimos crecimientos de la misma, y adaptado en su margen occidental al trazado de la Ronda de Poniente.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales de la ordenación contenida en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- El trazado definido para el eje viario central norte-sur, especialmente en el aspecto relativo a embocadura con la glorieta prevista en la ctra. del Aeropuerto. Igualmente la sección mínima definida para dicho vial.
1.2.- El trazado del vial oeste-este que halla continuidad en el sector de suelo urbanizable colindante por el sur, incluso sección y alineación definida.
1.3.- La prolongación de la avenida de Manolete en el interior del presente sector -incluso sección mínima-, así como la glorieta de articulación entre esta avenida y la calle Escritor Conde de Zamora, debiendo el Plan Parcial definir las características de la mencionada glorieta adecuándolas en cualquier caso al subsector de la misma materializado en la ejecución del P.P. P-1 del PGOU precedente.
1.4.- La zonificación del uso Espacios Libres prevista a lo largo del borde occidental del sector, dada su pertenencia al anillo verde periurbano, debiendo tener una anchura mínima en todos sus puntos de 70 metros -incluso acerado- medidos desde el borde Este de la calzada de la Ronda de Poniente.
1.5.- El vial anejo al "parque lineal" descrito en el anterior punto a fin de garantizar una correcta accesibilidad al mismo. Deberán preverse áreas de aparcamiento público ajardinado en cantidad suficiente a lo largo de este vial.
1.6.- La integración del Camino Viejo de Almodovar en los Espacios Libres de este sector, así como la disposición de una pasarela peatonal sobre el trazado de la Ronda de Poniente en la intersección de ambas vías. Se dispondrá igualmente otra pasarela peatonal más al sur para la correcta interconexión de este sector con la margen opuesta de la Ronda.
1.7.- Las alineaciones mínimas grafiadas a la carretera del Aeropuerto y a la calle Escritor Conde de Zamora.
2.- Se podrán realizar precisiones en el trazado de los viales descritos en el apartado "1.-" (respetando las conexiones pretendidas) en razón de la topografía o causa justificada.
3.- La zonificación (usos de suelo) contenida en la documentación gráfica del Plan podrá ser modificada justificadamente, siguiendo el proceso previsto en la Normativa del Plan.
4.- El Plan Parcial procurará la correcta interconexión a nivel peatonal entre las cercanas áreas libres del antiguo P.P. P-1 y el tramo del futuro anillo verde periurbano contenido en este sector.
5.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-6

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.4.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 2C
SECTOR:PP O-6
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:PARQUE AZAHARA
hoja/s nº orden:32
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):112.122
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,50
techo máximo edificable (m2 techo):56.061
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAD, PAS-1, PAS-2
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:2º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector edificable residencial de extensión de los suelos urbanos de análogo uso que constituyen el barrio del Parque Azahara.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- Con carácter mínimo, las alineaciones establecidas tanto con respecto al tramo de la carretera de Palma del Río al que da frente el sector, como con relación al trazado definitivo de la Variante Oeste.
1.2.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas.
1.3.- La materialización de un vial de servicio paralelo a la carretera de Palma del Río, con objeto de minimizar los accesos directos a la misma desde las nuevas edificaciones.
2.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
 
 
 
 
 
  
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-5

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP O-5
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CAMINO DE TURRUÑUELOS
hoja/s nº orden:17, 18, 24
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):323.754
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,55
techo máximo edificable (m2 techo):178.065
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAD, PAS
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de extensión residencial de transición entre los suelos urbanizables de alta densidad edificatoria localizados al norte del barrio de Miralbaida y las áreas urbanizables y urbanas de media densidad (Ciudad Jardín de Poniente y barrio de San Rafael de la Albaida) ubicadas al norte de la carretera de Santa María de Trassierra.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- Con carácter mínimo, las alineaciones establecidas tanto con respecto al tramo de la carretera de Santa María de Trassierra al que da frente el sector, como con relación al vial de borde norte del PAU O-3.
1.2.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones. En este sentido se considera vinculante la sección definida para el vial de borde occidental del sector, así como su articulación mediante glorietas tanto con el vial de borde norte del PAU O-3 como con la ctra. de Santa María de Trassierra. El Plan Parcial definirá las características geométricas de las referidas glorietas, considerándose mínimos no obstante los diámetros propuestos.
2.- La materialización sendas áreas lineales de Espacios Libres a lo largo de las márgenes oriental y occidental del sector, con las anchuras definidas en la documentación gráfica.
3.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales.
4.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentías y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes.
5.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
 
  
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-4

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP O-4
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CORTIJO DEL CURA
hoja/s nº orden:18, 25
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):239.525
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,80
techo máximo edificable (m2 techo):191.620
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:MC, PAS
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Consolidación del modelo de ciudad definido en el Plan General precedente mediante la generación y urbanización de un sector de extensión residencial localizado entre los últimos crecimientos de la misma, el suelo urbano del Parque Figueroa y el trazado de la Ronda de Poniente.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- Con carácter mínimo, las alineaciones establecidas con respecto al tramo de la carretera de Santa María de Trassierra que divide el presente sector.
1.2.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones.
1.3.- La ejecución de un vial de servicio a lo largo de la margen oriental del sector, con objeto de minimizar los accesos directos a las nuevas edificaciones desde la avenida del Cañito Bazán.
2.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales.
3.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentías y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes.
4.- La zonificación de usos contenida en la documentación gráfica del Plan General se considera orientativa.
5.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
 
 
  
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-3

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.5.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 3C
SECTOR:PP O-3
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CIUDAD JARDIN DE PONIENTE-3
hoja/s nº orden:10, 17
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):530.148
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,25
techo máximo edificable (m2 techo):132.537
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS, UAD, CJ
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:3º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable de uso residencial, con morfologías de "ciudad jardín", como extensión de los crecimientos de análogos tipos arquitectónicos programados en su margen oriental para el segundo cuatrienio del Plan General.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- El trazado de un vial sobre la margen noroeste del sector, con trazado análogo al grafiado en el Plan General. El Plan Parcial zonificará al noroeste de este vial únicamente usos dotacionales públicos.
1.2.- El trazado del tramo de prolongación de la avenida de la Arruzafilla contenido en el presente sector, que deberá en cualquier caso ajustarse al que se ejecute en la materialización del PP O-2, considerándose igualmente vinculante -con carácter mínimo- la alineación definida sobre la margen norte del referido tramo de prolongación.
1.3.- La asignación de uso dotacional de "Espacios Libres" grafiada en el Plan sobre la superficie del sector localizada al sur del trazado de la carretera de Santa María de Trassierra, que tendrá la consideración de Sistema General incluido en el sector.
1.4.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones.
1.5.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre los trazados de los viales descritos las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes.
2.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales.
3.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentías y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes.
4.- Se destinarán para uso dotacional -con carácter vinculante en localización y superficie- los terrenos ubicados tanto al noreste de la Almunia de Turruñuelos como al sur del Club Hípico, según lo grafiado en el Plan General.
5.- El Plan Parcial definirá una ordenanza "Ciudad Jardín" (CJ) específica, con una altura máxima de PB+2 para usos residenciales unifamiliares y plurifamiliares, con el objetivo general de focalizar intensidades, esponjando la implantación del resto de edificaciones en el sector, concentrando actividades compatibles y estructurando la actuación en su aspecto formal; ejes, centros, etc. . Las ordenaciones en UAD que el Plan Parcial proponga se alejarán de modos de implantación suburbiales, con objeto de evitar la generación de frentes continuos de excesiva longitud alineados a vial, tomándose en este sentido como mejor referencia los modos de implantación de tipologías aisladas.
6.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
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Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-2

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.4.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 2C
SECTOR:PP O-2
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CIUDAD JARDIN DE PONIENTE-2
hoja/s nº orden:10, 11, 17, 18
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):373.863
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,30
techo máximo edificable (m2 techo):112.159
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS, UAD, CJ
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:2º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable de uso residencial, con morfologías de "ciudad jardín", como extensión de los crecimientos de análogos tipos arquitectónicos programados en su margen oriental para el primer cuatrienio del Plan General.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- El trazado de un vial sobre la margen norte del sector, con trazado análogo al grafiado en el Plan General. El Plan Parcial zonificará al norte de este vial únicamente usos dotacionales públicos.
1.2.- El trazado del tramo de prolongación de la avenida de la Arruzafilla contenido en el presente sector, que deberá en cualquier caso ajustarse al que se ejecute en la materialización del PP O-1.
1.3.- Con carácter mínimo, la alineación establecida con respecto al referido tramo de prolongación.
1.4.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes, urbanas existentes y urbanizables futuras. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones.
1.5.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre los trazados de los viales descritos las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes.
2.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales.
3.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentías y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes.
4.- Se destinarán para uso dotacional -con carácter vinculante- los terrenos localizados al Oeste del barrio de San Rafael de la Albaida.
5.- El Plan Parcial definirá una ordenanza "Ciudad Jardín" (CJ) específica, con una altura máxima de PB+2 para usos residenciales unifamiliares y plurifamiliares, con el objetivo general de focalizar intensidades, esponjando la implantación del resto de edificaciones en el sector, concentrando actividades compatibles y estructurando la actuación en su aspecto formal; ejes, centros, etc. . Las ordenaciones en UAD que el Plan Parcial proponga se alejarán de modos de implantación suburbiales, con objeto de evitar la generación de frentes continuos de excesiva longitud alineados a vial, tomándose en este sentido como mejor referencia los modos de implantación de tipologías aisladas.
6.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP O-1

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP O-1
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CIUDAD JARDIN DE PONIENTE-1
hoja/s nº orden:11, 18
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):614.577
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,35
techo máximo edificable (m2 techo):215.102
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS, UAD, CJ
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable de uso residencial, con morfologías de "ciudad jardín", de transición entre los sectores de vivienda unifamiliar de El Patriarca, El Tablero y área de San Rafael de la Albaida y las extensiones plurifamiliares existentes y previstas interiores a la Ronda de Poniente.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- El trazado de un vial sobre la margen norte del sector, con trazado análogo al grafiado en el Plan General. El Plan Parcial zonificará al norte de este vial únicamente usos dotacionales públicos.
1.2.- El trazado del tramo de prolongación de la avenida de la Arruzafilla contenido en el presente sector. El Plan Parcial ejecutará asimismo el tramo de conexión con la citada avenida perteneciente al ámbito SGEL SUP-2.
1.3.- Con carácter mínimo, las alineaciones establecidas con relación al referido tramo de prolongación y con respecto a la calle Barón de Fuente Quinto (límite oriental del sector).
1.4.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes, urbanas existentes y urbanizables futuras. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones.
1.5.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre los trazados de los viales descritos las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes.
2.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales.
3.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentías y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes.
4.- Se destinarán preferentemente para uso como Espacios Libres los terrenos sobre los que existe un "Naranjal" localizados en la margen septentrional del sector.
5.- El Plan Parcial definirá una ordenanza "Ciudad Jardín" (CJ) específica, con una altura máxima de PB+2 para usos residenciales unifamiliares y plurifamiliares, con el objetivo general de focalizar intensidades, esponjando la implantación del resto de edificaciones en el sector, concentrando actividades compatibles y estructurando la actuación en su aspecto formal; ejes, centros, etc. . Las ordenaciones en UAD que el Plan Parcial proponga se alejarán de modos de implantación suburbiales, con objeto de evitar la generación de frentes continuos de excesiva longitud alineados a vial, tomándose en este sentido como mejor referencia los modos de implantación de tipologías aisladas.
6.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP N-5

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP N-5
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:HUERTA DE LOS ARCOS
hoja/s nº orden:4, 5
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):57.730
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,15
techo máximo edificable (m2 techo):8.660
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS-3, UAS-4, UAS-5
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable residencial, como "sellado" de los vacíos intersticiales presentes entre los asentamientos residenciales que configuran el borde noroeste del núcleo principal de la ciudad.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- La estructura viaria propuesta se considera vinculante en cuanto a las conexiones pretendidas. El Plan Parcial podrá efectuar sobre la misma las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes.
2.- Se considera vinculante la zonificación del uso Espacios Libres establecida en la documentación gráfica del Plan General, correspondiendo al Plan Parcial la delimitación exacta de cada una de las parcelas destinadas a este uso. Estos Espacios Libres se urbanizarán con características semirurales, como transición con el suelo no urbanizable protegido.
3.- Se optará por una solución ajardinada de carácter urbano para el espacio lineal central presente en el tramo de prolongación de la ctra. de Alba incluido en este ámbito.
4.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
 
 
 
 
 
 
  
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Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP N-4

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.4.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 2C
SECTOR:PP N-4
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:EL CARMEN
hoja/s nº orden:1, 2, 4, 5
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):216.255
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,125
techo máximo edificable (m2 techo):27.032
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS-4, UAS-5, UAS-6
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:2º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo 50.000 m2s).
 
otras dotaciones públicas (EQ):10.000 Equipamiento Comunitario.
 
OBJETIVOS: 
Tiene como objetivo la generación y urbanización de un sector de suelo edificable de uso residencial, como "sellado" de los vacíos intersticiales presentes entre los asentamientos residenciales que configuran el borde noroeste del núcleo principal de la ciudad.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre la estructura interior viaria propuesta las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes y siempre que se demuestre la mejor concepción urbanística de la nueva solución dentro del mismo modelo urbano. Deberá asegurarse en todo caso la continuidad viaria y coherencia de trazado con el área urbana colindante por el sur y con el tramo de la carretera de Villaviciosa al que da frente el sector.
2.- La zonificación del uso Espacios Libres propuesta desde el Plan General se considera vinculante, pudiendo no obstante el Plan Parcial efectuar precisiones por causas análogas a las aludidas en el anterior punto. El Plan Parcial zonificará las subzonas 4, 5 y 6 de la ordenanza UAS con análogo criterio al contenido en el Plan General.
3.- El trazado propuesto para el tramo de viario de conexión con el previsto en el ámbito U.E. B-30 se considera vinculante, debiendo en cualquier caso coordinarse con la solución que se materialice en la ejecución del planeamiento del citado ámbito.
4.- En caso de preceder en tramitación el P.P. N-4 a la U.E. B-30, corresponderá a este Plan Parcial y su/s posterior/es Proyecto/s de Urbanización la definición exacta del eje del tramo viario en cuestión.
5.- Mediante el Plan Parcial y el/los posterior/es Proyecto/s de Urbanización se dará una adecuada solución a las escorrentías y arroyos existentes en este ámbito, prevaleciendo -en los cruces de vial sobre arroyo- las soluciones estructurales sobre las de movimientos de tierra.
6.- El Plan Parcial definirá características urbanas o semirurales para la urbanización de los distintos Sistemas de E.L. previstos en función de su localización.
7.- La zonificación del suelo dotacional público contenida en el Plan General se considera orientativa.
8.- El Plan Parcial resolverá la adecuada protección del arbolado autóctono de importancia existente en su ámbito.
9.- Se integrarán en Espacios Libres públicos los trazados de las conducciones históricas de agua presentes en el sector.
10.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP N-3

FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP N-3
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:PRETORIO
hoja/s nº orden:2, 5
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):232.699
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,125
techo máximo edificable (m2 techo):29.087
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:UAS-4, UAS-5, UAS-6
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo 35.000 m2s).
 
otras dotaciones públicas (EQ):10.000 Equipamiento Comunitario.
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable residencial, como "sellado" de los vacíos intersticiales presentes entre los asentamientos residenciales que configuran el borde norte del núcleo principal de la ciudad.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre la estructura interior viaria propuesta las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografía del terreno o razón justificada resultaren convenientes y siempre que se demuestre la mejor concepción urbanística de la nueva solución dentro del mismo modelo urbano. Deberá asegurarse en todo caso la continuidad viaria y coherencia de trazado con las áreas urbanas colindantes y con el tramo de la carretera de Villaviciosa al que da frente el sector.
2.- La zonificación del uso Espacios Libres propuesta desde el Plan General se considera vinculante, pudiendo no obstante el Plan Parcial efectuar precisiones por causas análogas a las aludidas en el anterior punto. El Plan Parcial definirá las características de la urbanización a realizar sobre las parcelas destinadas a este uso.
3.- El Plan Parcial zonificará las subzonas 4, 5 y 6 de la ordenanza UAS con análogo criterio al contenido en el Plan General.
4.- Mediante el Plan Parcial y el/los posterior/es Proyecto/s de Urbanización se dará una adecuada solución a las escorrentías y arroyos existentes en este ámbito, prevaleciendo -en los cruces de vial sobre arroyo- las soluciones estructurales sobre las de movimientos de tierra.
5.- La zonificación del suelo dotacional público contenida en el Plan General se considera orientativa.
6.- El Plan Parcial integrará adecuadamente en las franjas de E.L. anejos a vial los accesos a las parcelas que dan frente a éstos.
7. Corresponderá a los propietarios del sector completar la urbanización de los tramos de prolongación del vial previsto en el Plan General sobre la antigua Vereda del Pretorio, hasta su conexión con los ejes viarios existentes por su oeste y este (área de antiguo bar "El Cerrillo" y C/ Huerta de Hierro respectivamente), así como la ejecución por el sur de la conexión con la calle Profesor Adolfo Muñoz Alonso.
8.- El Plan Parcial resolverá la adecuada protección del arbolado autóctono de importancia existente en su ámbito.
9.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
  
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002