FICHAS PAU
PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 | 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU |
AMBITO: | PAU-P Q.B.NORTE |
DATOS GENERALES: | |
clase de suelo: | Suelo Urbanizable No Programado (SUNP) |
denominación: | PARCELACION QUEMADAS BAJAS-NORTE |
hoja/s nº orden: | 29, 30 |
DATOS DE ORDENACION: | |
instrumento de ordenación: | PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA |
superficie (m2 suelo): | 390.643 |
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s): | 0,15 |
techo máximo edificable (m2 techo): | 58.596 |
usos globales: | RESIDENCIALES UNIFAMILIARES |
usos incompatibles: | INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS |
formulación y redacción del PAU: | PRIVADA |
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): | |
A.- Area de extensión delimitada con objeto de regularizar, mediante el planeamiento de desarrollo, un área caracterizada por usos diversos no controlados. | |
B.1.- El Programa de Actuación Urbanística que se redacte incluirá, además de la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de la parcelación afectada por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los usos que se considerarán compatibles en el futuro. Asimismo incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberán incorporar los futuros Planes Parciales con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de dichas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo del Programa de A | |
B.2.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación. | |
GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA |
Última actualización 31/10/2002