REDES DE DISTRIBUCIÓN Y ABASTECIMIENTO DE AGUAS
La red de distribución ha de garantizar que en todos los puntos exista el caudal previo, la presión conveniente y la calidad del agua requerida, evitando cualquier posible contaminación desde su recogida en el depósito hasta el punto de consumo.
La instalación se diseñará para una dotación de 400 litros/habitante/día.
Artículo 14.2.1. TRAZADO.
La colocación de la tubería ha de quedar asentada a cota superior a la del alcantarillado para evitar contaminaciones. El recubrimiento mínimo sobre la generatriz superior de la tubería será de 1,00 m si se sitúa bajo la calzada, y de 0,80 m si lo es bajo las aceras. El trazado deberá discurrir a ambos lados de la calle.
Los tubos se colocarán de acuerdo a la sección tipo de servicios existente, respetando las distancias mínimas a otros servicios.
En los puntos de bifurcación de los ramales se colocarán válvulas de cierre para poder aislar dichos ramales en caso necesario. Igualmente se colocarán válvulas de cierre en las arterias y polígonos, así como en los puntos que permitan una mejor sectorización de la red
Las conducciones primarias o arterias principales formarán el esqueleto del sistema de distribución.
Se situarán de modo que transporten el máximo caudal necesario a las diferentes partes de la zona abastecida, y deben formar un anillo de las 2/3 partes de la distancia del centro de la ciudad a sus alrededores. Las conducciones deben equiparse con desagües en sus puntos bajos y con purgas de aires en sus puntos altos.
Las conducciones secundarias transportarán el agua desde las arterias principales a las diferentes áreas para cubrir el suministro normal y el caudal para extinción de incendios. Formarán anillos, dentro de las arterias principales, entrelazándolas entre sí.
Las conducciones terciarias formarán una malla en el área que abastecen y suministrarán agua para las bocas de incendios y para las tuberías particulares de las residencias y otros edificios.
Artículo 14.2.2. LIMITES DE VELOCIDADES.
Los límites recomendables son de 0,5 y 0,3 m/s para el mínimo y 1,5 m/s para el máximo. Los límites inferiores pueden rebajarse en la distribución de agua en condiciones de bajos consumos.
Los límites superiores pueden aumentarse hasta 4 m/s en condiciones extraordinarias en el consumo o en funcionamiento de la red en caso de incendio.
No obstante, para evitar pérdidas de carga excesivas las velocidades deben ajustarse a los siguientes valores:
diámetro en mm |
velocidad en cm/s |
De 50 a 90 |
60 |
De 100 a 175 |
70 |
De 200 a 300 |
80 |
De 300 a 400 |
90 |
De 400 a 500 |
100 |
De 500 a 600 |
110 |
De 600 a 700 |
120 |
De 700 a 800 |
130 |
De 800 a 900 |
140 |
De 900 a 1000 |
150 |
Artículo 14.2.3. OBRAS DE FÁBRICA Y ACCESOS.
Las obras de fábrica necesarias para el alojamiento de válvulas, ventosas y otros elementos se realizarán con las dimensiones adecuadas para su fácil manipulación y de acuerdo a la normativa municipal existente.
Todas las cámaras dispondrán de desagüe o, al menos, de pendiente en la solera y lugares de recogida de agua para poder utilizar bomba de achique.
Los accesos se protegerán con tapas adecuadas de fácil manejo y de resistencia apropiada al lugar de su ubicación.
La tapa de la arqueta no sobresaldrá de la rasante de la calle.
Los accesorios principales en una red de distribución y su misión se citan a continuación:
- Válvula: Se colocarán en puntos convenientes para aislar los tramos previstos según las posibles averías o reparaciones, así como por condiciones de mantenimiento y explotación.
- Ventosas: Se colocarán en los puntos altos de la red con el fin de garantizar la eliminación de los gases desprendidos de la corriente de agua.
- Desagües: Irán ubicados en los puntos bajos del perfil de la red y en los puntos bajos de cada uno de los tramos previstos para poder ser aislados. Su misión es el vaciado del tramo de la red correspondiente.
- Medidores de presión y caudal: Se dispondrán en distintos puntos de la red para tener un conocimiento real y práctico de su funcionamiento, obteniéndose los datos precisos para una correcta exploración.
Todos los accesorios anteriormente citados se situarán para facilitar la inspección en arquetas de registro con dimensión suficiente para permitir las operaciones de inspección, montaje y desmontaje de los mismos en caso necesario.
Artículo 14.2.4. INTERFERENCIA CON OTROS SERVICIOS PÚBLICOS.
Las conducciones de abastecimiento de agua estarán separadas de los conductos de otras instalaciones por unas distancias mínimas orientativas dadas en la tabla siguiente, y medidas entre generatrices exteriores de ambas conducciones y quedarán siempre por encima de la conducción de alcantarillado.
instalación |
separación horizontal en cm |
separación vertical en cm |
|||
aconsejable mínima |
|||||
ALCANTARILLADO |
40 |
20 |
20 |
||
GAS |
40 |
20 |
20 |
||
ELECTRICIDAD ALTA |
40 |
20 |
20 |
||
ELECTRICIDAD BAJA |
40 |
20 |
20 |
||
TELECOMUNICACIONES |
40 |
20 |
20 |
En caso de no poder mantener las separaciones mínimas especificadas, se permitirán separaciones menores siempre que se dispongan protecciones especiales.
En el cruce con otros servicios y siempre que ello sea posible, se procurará pasar por encima de los mismos.
Artículo 14.2.5. CARACTERÍSTICAS DE LOS CONDUCTOS.
14.2.5.1. MATERIALES.
Los materiales empleados serán los indicados en la normativa municipal y, en todo caso, permitirán el funcionamiento adecuado de la red y en general cumplirán las normas correspondientes. Los materiales utilizados deben cumplir las reglas de higiene y las prescripciones sanitarias presentes en la legislación vigente, y si tienen que estar en contacto con el agua potable, aquellos materiales a los que les sea exigible, deberían poner el correspondiente Número de Registro Sanitario de Industria. Todos los materiales tendrán una presión nominal superior a la máxima presión de servicio esperada y no inferior a 10 Kg/cm2, salvo en casos específicos de instalaciones a baja presión.
Las tuberías que forman la red están expuestas a sufrir fenómenos de corrosión tanto en el exterior del tubo por acción del terreno, como en el interior por acción de un agua corrosiva. Por este motivo se dispondrá de las protecciones necesarias.
14.2.5.2. DIÁMETROS MÍNIMOS.
El diámetro a adoptar de las tuberías en las redes de distribución no será menor de 100 mm, como norma general.