CATALOGO DE BIENES PROTEGIDOS DEL CONJUNTO HISTORICO DE CORDOBA
1. IDENTIFICACION CC-4
Conjunto : Conjunto catalogado de calle Alfaros.
Codigo: Dirección: Ref. Catastral: Denominación:
4.1 Puerta del Rincón nº 9 38511/12
4.2 Puerta del Rincón nº 7 38511/13
4.3. Puerta del Rincón nº 5 38511/14
4.4. Puerta del Rincón nº 3 38511/15
4.5. Puerta del Rincón nº 1 38511/16
4.6. Cuesta del Bailío nº 2 38511/17
4.7 c/ Alfaros nº 67 38496/01
4.8 c/ Alfaros nº 65 38496/02
4.9 c/ Alfaros nº 63 38496/03
4.10 c/ Alfaros nº 61 38496/04
4.11 c/ Alfaros nº 59 38496/05
4.12 c/ Alfaros nº 57 38496/06
4.13 c/ Alfaros nº 55 38496/07
4.14 c/ Alfaros nº 53 38496/08
4.15 c/ Alfaros nº 51 38496/09
4.16 c/ Alfaros nº 49 38496/10
4.17 c/ Alfaros nº 47 38496/11
4.18 c/ Alfaros nº 45 38496/12
4.19 c/ Alfaros nº 43 38496/13
4.20 c/ Alfaros nº 41 38496/14
4.21 c/ Alfaros nº 39 38496/15
4.22 c/ Alfaros nº 37 38496/16
4.23 c/ Alfaros nº 35 38496/17
4.24 c/ Alfaros nº 33 38496/18 Casas bajo el convento
4.25 c/ Alfaros nº 31 38496/19
4.26 c/ Alfaros nº 29 38496/20
4.27 c/ Alfaros nº 27 38496/21
4.28 c/ Alfaros nº 25 38496/22
4.29 c/ Alfaros nº 23 38496/23
4.30 c/ Alfaros nº 21 38496/24
4.31 c/ Alfaros nº 17 38496/25
4.32 c/ Alfaros nº 15 38496/26
4.33 c/ Alfaros nº 13 38496/27
4.34 c/ Alfaros nº 11 38496/28
4.35 c/ Alfaros nº 11 38496/29
4.36 c/ Alfaros nº 9 38496/30
4.37 c/ Alfaros nº 7 38496/31
4.38 c/ Alfaros nº 5 38496/32
4.39 c/ Alfaros nº 3 38496/33
4.40 c/ Alfaros nº 1 38496/34
2. DESCRIPCION
Tipología : Responde a la configuración de cada parcela: cuando se sitúa en esquina o la profundidad es mínima aparece la casa sin patio; cuando la parcela tiene poca profundidad, se ocupa con casas con patio trasero (frecuente al Norte del convento del Cister); cuando la profundidad es mayor se adopta el tipo de casa con patio central estructurante (habitual al Sur del convento); las actuaciones recientes han implantado tipologías de pisos (al Norte del Bailio).
Cronología : En época romana, la construcción del lienzo oriental de la urbs quadrata configura la medianera trasera del conjunto catalogado. En época árabe, la zona constituye el egido vacante situado entre la Medina y la Ajerquía, que se impide repoblar por motivos militares aún depues de la reconquista.
A partir del siglo XIV se adoptan una serie de acuerdos capitulares para la urbanización de la zona, generando el eje urbano más importante de la ciudad, desde la Puerta Piscatoria a la del Rincón. En 1711 se demuele el Portillo de Corbacho, que permite ampliar la Cuesta del Bailio.
Todas las edificaciones son buenos ejemplos de arquitectura popular, salvo las casas situadas bajo el convento del Cister, de adscripción barroca.
Patios : Vienen condicionados por las dimensiones de la parcela: cuando existen, se sitúan en tercera crujía, adosados a la medianera trasera en las parcelas menos profundas y en situación central en las de mayores dimensiones.
Estructura : Las edificaciones tradicionales se resuelven con muros de fábrica mixta, en dos o tres plantas. Las edificaciones renovadas tienen estructura de hormigón armado. Existen series de parcelas con estructura común, procedente de la segregación de una edificación única (4.24 a 4.29; 4.33 a 4.36; 4.37 y 4.38).
Fachada : De características homogéneas poco transformadas: apretado ritmo impuesto por el menudo parcelario; huecos verticales que llegan hasta la rasante de la calle en planta baja y se abalconan en las altas; alternancia de soluciones elementales con otras más elaboradas, siempre sobre fondo enfoscado en blanco o color. Destacan las casas bajo el convento, de composición unitaria rematada en tercera planta por la secuencia de oculos elípticos del convento.
Cubierta : Predomina la cubierta plana (azotea) sobre la inclinada (teja árabe).
Uso : Fundamentalmente vivienda. En planta baja, comercial y de relación.
Conservación : En general, buena, salvo algunas parcelas actualmente sin uso.
Propiedad : Privada.
. MOTIVACION-VALORACION
Valoración DGBBCC :Clasificación Legal : -----
Categoría : -----
Valoración PGOU 1986 : Protección D. Global. Todas las parcelas excepto:
Protección C. Global Máxima: 4.24, 4.25, 4.26, 4.27, 4.28 y 4.29.
Ordenanza RF. Renovación: 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.8 y 4.32.
Elementos de Interés : La implantación general del conjunto, caracterizada por la escasa profundidad de las parcelas, la presencia de la muralla en su medianera trasera y el apretado ritmo de fachadas, resueltas con composición tradicional poco transformada.
A destacar especialmente las edificaciones situadas bajo el convento del Cister, por sus singulares características de implantación y la resolución unitaria de su fachada barroca, continua en planta tercera (convento) y fragmentada en las inferiores (viviendas).
4. CONDICIONES DE USO
Prioritario : Vivienda (2ª categoría).
Permitidos : Oficina. Comercial. Relación y en general los admitidos por la ordenanza del uso residencial (título cuarto; capítulo IV).
Prohibidos : Industrial. Aparcamiento (en todas sus categorías). Deportivo y en general los no autorizados por la ordenanza de uso residencial.
Se considera vivienda exterior toda vivienda que tenga al menos dos habitaciones, estar comedor y uno de los dormitorios, abiertas a espacio público (Puerta del Rincón, Cuesta del Bailio, Alfaros).
5. NIVELES DE INTERVENCION
0. Cons. Integral : Los restos emergentes o soterrados del lienzo oriental de la muralla de la Villa.
1. Cons. Estructural : Las seis parcelas correspondientes a las casa bajo el convento del Cister (4.24 a 4.39), así como las fachadas de todas las edificaciones, excepto las de las parcelas renovadas (4.2, 4.3, 4.4, 4.8 y 4.32).
2. Cons. Implantación : Interior de todas las edificaciones, salvo las de las parcelas renovadas (4.2, 4.3, 4.4, 4.8 y 4.32), con dos casos especiales:
a) La edificación 4.1 debe resolver su medianera con el espacio libre de la torre del Rincón, al que debe abrir fachada.
b) La edificación 4.23 puede remontarse con una tercera planta que elimine la actual discontinuidad de alturas y evite la perspectiva de la edificación trasera.
3. Cons. Tipológica : La totalidad de las parcelas renovadas (4.2, 4.3, 4.4, 4.8 y 4.32), con dos condicionantes específicos además de los impuestos por la ordenanza de zona:
a) El patio se dispondrá en la crujía adyacente a la muralla, permitiendo el registro de ésta.
b) La altura total de la edificación y la cota de cada uno de los forjados estarán comprendidas entre las de las edificaciones colindantes.