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Martes, 21 Abril 2009 12:30

CAPITULO TERCERO.- REDES DE SANEAMIENTO

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CAPITULO TERCERO

REDES DE SANEAMIENTO

Artículo 14.3.1. TRAZADO

Las redes de alcantarillado deben discurrir necesariamente por los viales, excepto en casos especiales en los que, por razones topográficas urbanísticas o de otra índole, discurran por zonas verdes.

En calles de manzanas cerradas, los conductos deberán instalarse bajo el eje de la calle por razones de equidistancias entre ambas líneas de fachada.

En calles de 25 m de ancho o más, deberán desdoblarse implantando secciones laterales, que discurrirán por el carril de la calzada más próximo a la acera en el que no esté permitido el estacionamiento.

Deberá evitarse en lo posible la ubicación del alcantarillado en las aceras, por las afecciones que cualquier reparación supone para el resto de las canalizaciones de los demás servicios urbanos públicos que suelen situarse en ellos. No se recomienda la instalación de redes de alcantarillado en aceras de menos de 6,00 m de anchura.

Como norma general se utilizarán pozos de registro, en secciones no visitables en los siguientes puntos:

  • Cambios de alineaciones.
  • Cambios de sección.
  • Cambios de rasante.
  • Unión de rasantes.
  • Cada 50 m que podrían ampliarse si lo permiten los medios de mantenimiento.

Para las secciones visitables, la ubicación y distancias de los pozos de registro vendrán en función del tipo de colector y de los medios de mantenimiento previstos.

La curva de acuerdo entre dos alcantarillas debe ser muy suave y el ángulo que forman las dos trazas, no superior a 30 grados sexagesimales.

El radio de guía debe ser al menos cinco veces mayor que el diámetro de la alcantarilla receptiva.

En secciones importantes deben estudiarse procedimientos especiales de sobreancho y mayor pendiente en los tramos de curvas para compensar las pérdidas de carga que tales elementos comportan.

Artículo 14.3.2. VELOCIDADES.

La limitación de la velocidad de circulación del agua, viene determinada por la erosión que pueden causar altas velocidades. Las velocidades máxima en aguas residuales, no serán superiores a 3 m/seg para el máximo caudal.

Las aguas pluviales pueden alcanzar velocidades superiores, aunque sin traspasar el límite de 6 m/seg a sección llena.

La adopción de velocidades mínimas viene determinada por la necesidad de evitar la sedimentación de sólidos que transportan las aguas pluviales y residuales. Se deben proyectar las alcantarillas de forma que sean autolimpiables.

Los valores de las velocidades mínimas de circulación son función del tipo de red de que se trate. En sistemas separativos los conductos de aguas residuales deberán proyectarse de forma que la velocidad de circulación no sea inferior a 0,60 m/seg y los de aguas pluviales a 0,90 m/seg.

En sistemas unitarios las aguas residuales no deben circular a velocidades menores de 0,60 m/seg, pero si se trata de aguas residuales industriales fuertemente cargadas y a altas temperaturas, las velocidades mínimas deben ser 0,9 m/seg.

Artículo 14.3.3. PENDIENTES.

Se recomiendan como pendientes mínimas para alcantarillas de redes sanitarias aquellas que producen una velocidad de 0,6 m/seg para caudal mínimo de aguas residuales; pero si se trata de aguas industriales fuertemente cargadas y a altas temperaturas, existe la posibilidad de que a dicha velocidad se produzca generación de SH2, por lo que se recomienda en tal caso velocidades mínimas de 0,9 m/seg.

Las pendientes máximas vendrán limitadas igualmente por las velocidades máximas admisibles, dependiendo del material del conducto y de la naturaleza de las aguas a conducir. Para disminuir pendientes se utilizan los rápidos y los pozos de caída.

La pendiente de los conductos que deban transportar aguas permanentes no es aconsejable que exceda del 3%, pero en cualquier caso debe ser tal que la velocidad no sobrepase los 3 m/seg con el caudal máximo de aguas permanentes.

Artículo 14.3.4. ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS DE LA RED DE SANEAMIENTO.

14.3.4.1. GENERALIDADES.

Las obras complementarias de la red, pozos de registro, sumideros, unión de colectores, acometidas y restantes obras especiales, resistirán tanto las acciones del terreno, como las sobrecargas definidas en el proyecto.

Todos ellos se montarán o construirán sobre una solera de hormigón en masa o armado y su tipología será la que se recoja en la normativa municipal vigente.

Los registros construidos "in situ" podrán ser de hormigón en masa, de hormigón armado o de fábrica de ladrillo macizo. Su espesor no podrá ser inferior a 10 cm si fuese de hormigón armado, 20 cm si fuese de hormigón en masa, o 25 cm si fuese de fábrica de ladrillo.

El hormigón utilizado para la construcción de la solera no será de inferior calidad al que se utilice en paredes, cuando éstas se construyan en el mismo material.

Deberán colocarse juntas elásticas en las tuberías a una distancia no superior a 50 cm.

14.3.4.2. POZOS DE REGISTRO.

Se situarán pozos de registro en los puntos ya indicados anteriormente.

14.3.4.3. IMBORNALES.

Se sitúan en los puntos bajos, generalmente junto a los bordillos de las aceras o entre los aparcamientos y las calzadas dependiendo de los bombeos de cada uno de ellos.

No es recomendable su colocación en calles no pavimentadas salvo que cada sumidero vaya acompañado de una arqueta visitable para la recogida y extracción periódica de las arenas y detritos depositados.

La distancia será estudiada para que puedan recoger las escorrentías superficiales previsibles para 50 años de periodo de retorno.

14.3.4.4. ACOMETIDAS DE EDIFICIOS.

Se dispondrán en los orígenes de las alcantarillas con pequeño caudal y en todos aquellos puntos de la red que a juicio de los proyectistas por insuficiencia de velocidad pudiera producirse la sedimentación de los sólidos en suspensión.

Artículo 14.3.5. CARACTERÍSTICAS DE LOS CONDUCTOS.

En la construcción de redes de alcantarillado pueden adoptarse conductos construidos in situ o bien prefabricados.

Los conductos construidos in situ se utilizarán para transporte de caudales importantes para los que no existen conductos prefabricados de capacidad suficiente.

Entre los conductos construidos in situ deben adoptarse los de hormigón principalmente en masa o bien armados si deben soportar cargas importantes.

Entre los conductos prefabricados deben utilizarse los de gres y los de hormigón, adaptándolos a la normativa municipal.

Para impedir la corrosión en tubos de hormigón deben utilizarse revestimientos de protección.

14.3.5.1. CONDUCTOS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN.

Los conductos prefabricados de hormigón pueden ser:

    1. Circulares.
    2. Circulares con base de apoyo.
    3. Ovoides con base de apoyo y con altura igual a 1,5 veces la anchura.
      • Características de fabricación: Además de las establecidas sobre tuberías de hormigón por las Normas de obligado cumplimiento, el hormigón deberá ser homogéneo, compacto e impermeable, y fabricado con cemento portland o puzolánico.
            • Rugosidad: No superior a la correspondiente a n = 0,012 de Manning.
            • Dimensiones interiores:

      Conductos circulares:

      Ø (mm)

      150

      400

      900

      200

      500

      1000(1)

      250

      600

      1200(1)

      300

      800(1)

      1500(1)

      (1) Preferentemente con armadura.

      Conductos ovoides:

      b x h (mm)

      270x360(2)

      600x900

      1000x1500

      400x520(2)

      800x1200

      1200x1800

      500x750(2)

      (2) No es recomendable su utilización porque su función es cubierta por los circulares equivalentes con mayor resistencia y menor coste.

      14.3.5.2. ESPESORES MÍNIMOS.

      Los espesores mínimos de los conductos circulares de hormigón serán aquellos que cumplan las determinaciones características de resistencia, presión y estanqueidad que correspondan a las Normas Vigentes.

      En los conductos ovoides y circulares se tomarán como indicativos los siguientes espesores mínimos:

      • Conductos circulares:

      Di e

      Di e

      Di e

      150

      25

      500

      50

      900

      82

      200

      27

      600

      58

      100

      90

      250

      30

      700

      66

      1200

      102

      300

      36

      800

      74

      1500

      120

      400

      42

      • Conductos ovoides:

      b x h e

      b x h e

      270x360

      38

      800x1200

      94

      400x520

      46

      1000x1500

      110

      500x750

      64

      1200x1800

      122

      600x900

      74

      En los conductos con unión en campana, el espesor del enchufe no será inferior al espesor del conducto. En los conductos con unión a medio espesor, el espesor del enchufe no podrá será inferior a:

      14.3.5.3. RESISTENCIA.

      La resistencia del conducto por metro lineal deberá corresponderse a las acciones de sobrecargas de terreno más las de tráfico y será capaz de soportar la presión interior:

      14.3.5.4. PRESIÓN MÁXIMA DE TRABAJO.

      Los conductos deben ser aptos para aceptar una presión interior máxima de 0,5 Rp/m2, es decir, 5 m de columna de agua.

      14.3.5.5. REVESTIMIENTOS ESPECIALES.

      Los conductos que deban transportar aguas residuales con características susceptibles de atacar el hormigón o en estado excesivamente séptico, deberá poseer un revestimiento interior con resinas epoxy o láminas de gres, polivinilo, plásticos, etc..

      En estos casos el material de unión debe ser asimismo anticorrosivo y en cualquier caso el revestimiento no debe producir polución adicional a las aguas.

      14.3.5.6. ENCAUZAMIENTO DE ARROYOS.

      Los cauces de arroyos que queden integrados en el desarrollo urbano serán respetados en el planeamiento de inferior rango al documento que ahora nos ocupa. La sección resultante (abierta o embovedada) deberá ser capaz de vehicular los caudales de cálculo de acuerdo a la normativa vigente. Como norma general, y a menos que sea expresamente autorizado lo contrario, el encauzamiento será únicamente para aguas de lluvia, debiéndose prever colectores paralelos.

Visto 26 veces Modificado por última vez en Miércoles, 19 Agosto 2009 09:29