a) Monumentos edificios y conjuntos catalogados.
b) Zona de protección tipológica.
c) Zona renovada.
Se pretende con esta medida matizar el gradiente de protección/renovación distinguiendo aquellas parcelas en las que las condiciones de intervención son más estrictas (incluso con exigencia de conservación parcial) de aquellas otras en las que la renovación de la edificación es asumible siempre que se realice aplicando los invariantes tipológicos tradicionales del Casco.
Con independencia de las ordenanzas anteriores, el Plan Especial establece dos regímenes específicos que regulan las edificaciones cuyas características especiales no son encajables en la normativa general: los equipamientos y los edificios de aparcamiento.