Error
  • JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 62
Viernes, 24 Abril 2009 12:30

5.1.3.4. Parcelas Catalogadas: Clases de Obras y Niveles de Protección

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

El Plan Especial simplifica la regulación de las clases de obras y niveles de protección establecidos por el Plan General vigente, que distingue 6 niveles de protección en los que se permiten hasta 8 grados de intervención.

Se establecen seis clases de obra:

a) Conservación integral.

b) Conservación estructural.

c) Conservación de la implantación.

d) Implantación con conservación tipológica.

e) Implantación con protección tipológica.

f) Nueva implantación.

El Plan establece tres tipos de elementos catalogados, cuyas condiciones de protección no responden a niveles asignados globalmente a nivel de parcela, sino que se especifican pormenorizadamente en la correspondiente ficha de Catálogo:

a) MONUMENTOS CATALOGADOS: Edificios monumentales, declarados, incoados o propuestos como Bienes de Interés Cultural, por sus valores excepcionales desde el punto de vista histórico, cultural o representativo. Las actuaciones que sobre estos edificios autorice el Plan Especial deberán estar plenamente coordinadas con la administración que mantiene su tutela.

b) EDIFICIOS CATALOGADOS: Edificios de valores singulares, que junto con los anteriores se incluyan en el Catálogo de Edificios Protegidos, identificándose los elementos objeto de protección y determinándose las intervenciones autorizables sobre cada uno de ellos.

c) CONJUNTOS CATALOGADOS: Edificios cuyo valor se basa en su pertenencia a un conjunto de características homogéneas, cuya preservación se considera conveniente.

Las parcelas catalogadas disfrutan de acuerdo con la regulación que establece el Plan Especial de los beneficios fiscales aplicable al régimen de protección integral (RD 1.020/1993).

Visto 5 veces Modificado por última vez en Miércoles, 22 Mayo 2013 07:05