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01.- PGOU

01.- PGOU (629)

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P Q.B.NORTE

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO: PAU-P Q.B.NORTE
DATOS GENERALES:
clase de suelo: Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
denominación: PARCELACION QUEMADAS BAJAS-NORTE
hoja/s nº orden: 29, 30
DATOS DE ORDENACION:
instrumento de ordenación: PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
superficie (m2 suelo): 390.643
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s): 0,15
techo máximo edificable (m2 techo): 58.596
usos globales: RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
usos incompatibles: INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
formulación y redacción del PAU: PRIVADA
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B):
A.- Area de extensión delimitada con objeto de regularizar, mediante el planeamiento de desarrollo, un área caracterizada por usos diversos no controlados.
B.1.- El Programa de Actuación Urbanística que se redacte incluirá, además de la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de la parcelación afectada por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los usos que se considerarán compatibles en el futuro. Asimismo incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberán incorporar los futuros Planes Parciales con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de dichas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo del Programa de A
B.2.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P Q.A.OESTE

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P Q.A.OESTE
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:PARCELACION QUEMADAS ALTAS-OESTE
  
hoja/s nº orden:22
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):177.250
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):26.588
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PRIVADA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Area de extensión delimitada con objeto de regularizar, mediante el planeamiento de desarrollo, un área caracterizada por usos diversos no controlados.
B.1.- El Programa de Actuación Urbanística que se redacte incluirá, además de la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de la parcelación afectada por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los usos que se considerarán compatibles en el futuro. Asimismo incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberán incorporar los futuros Planes Parciales con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de dichas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo del Programa de A
B.2.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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r

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P Q.A.ESTE

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P Q.A.ESTE
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:PARCELACION QUEMADAS ALTAS-ESTE
  
hoja/s nº orden:22, 23, 30
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):377.688
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):56.653
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PRIVADA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Area de extensión delimitada con objeto de regularizar, mediante el planeamiento de desarrollo, un área caracterizada por usos diversos no controlados.
B.1.- El Programa de Actuación Urbanística que se redacte incluirá, además de la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de la parcelación afectada por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los usos que se considerarán compatibles en el futuro. Asimismo incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberán incorporar los futuros Planes Parciales con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de dichas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo del Programa de A
B.2.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-6

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P PO-6
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-6
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):652.986
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):97.948
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de la parcelación urbanística El Alamillo (42).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-5

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P PO-5
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-5
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):1.907.617
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):286.143
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones urbanísticas La Barquera (31) y Cortijo el Rubio (33).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-4

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P PO-4
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-4
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):886.089
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):132.913
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones urbanísticas La Gorgoja-El Marroquil (39) y La Barquera-norte (31.1).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-3

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P PO-3
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-3
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):2.602.224
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):390.334
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones urbanísticas Ctra. de Encinarejo-km.5 (56), El Castillo (22), Los Girasoles (55) y Fontanar de Quintos (26).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-2

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO: PAU-P PO-2
DATOS GENERALES:
clase de suelo: Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
denominación: GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-2
hoja/s nº orden:
DATOS DE ORDENACION:
instrumento de ordenación: PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
superficie (m2 suelo): 572.173
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s): 0,15
techo máximo edificable (m2 techo): 85.826
usos globales: RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
usos incompatibles: INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
formulación y redacción del PAU: PUBLICA
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B):
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones urbanísticas Ctra. de Encinarejo-km.4 y 5 (58) y Arroyo del Ochavillo (59).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P PO-1

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P PO-1
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES PONIENTE-1
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):543.158
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):81.474
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones urbanísticas Huerta de San Luis-Casillas (14) y Cortijo del Alcaide (15).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Última actualización 31/10/2002

Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P LR

Escrito por

FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P LR
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:PARCELACION LA RABADA
  
hoja/s nº orden:59
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):180.804
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):27.121
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PRIVADA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Area de extensión delimitada con objeto de regularizar, mediante el planeamiento de desarrollo, un área caracterizada por usos diversos no controlados.
B.1.- El Programa de Actuación Urbanística que se redacte incluirá, además de la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de la parcelación afectada por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los usos que se considerarán compatibles en el futuro. Asimismo incluirá un análisis de los valores agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberán incorporar los futuros Planes Parciales con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de dichas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo del Programa de Actuación Urbaní
B.2.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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