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Viernes, 24 Abril 2009 12:30

2.4. VALORACION DE ELEMENTOS CATALOGADOS. MOTIVACION DEL REGIMEN DE PROTECCION

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Este apartado del Catálogo recoge la valoración del elemento efectuada por la administración cultural competente y la del planeamiento urbanístico vigente, así como la valoración que el Catálogo efectua del interés del elemento.

Dado que el Catálogo establece un régimen urbanístico particularizado para cada uno de los bienes en el incluidos, las condiciones de uso y de intervención fijadas deben quedar justificadas a efectos adminsitrativos. El contenido de este apartado es el siguiente:

 

2.4.1. VALORACION DE LA ADMINISTRACION PATRIMONIAL

Se recoge la información de la Base de Datos del Patrimonio Arquitectónico facilitada por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura:

a) Claves de clasificación legal:

H. Conjunto Histórico.

J. Jardín Histórico.

M. Monumento

S. Sitio Histórico.

E. Lugar de interés etnológico.

Se indica el codigo del elemento según esta clasificación

b) Claves de la categoría:

1. Inmueble declarado Bien de Interés Cultural. (BIC).

2. Inmueble incoado BIC.

3. Inmueble de interés en el Plan General de Bienes Culturales.

4. Incoado en el Catálogo Andaluz. Sección Genérica.

5. Incoado en el Catálogo Andaluz. Sección Específica.

6. Inscrito en el Catálogo Andaluz. Sección Genérica.

7. Inscrito en el Catálogo Andaluz. Sección Específica.

9. Varios.

 

2.4.2. REGIMEN URBANISTICO VIGENTE

Se indica la calificación o calificaciones establecidas por la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba (1986), de acuerdo con el siguiente gradiente protección/renovación.

Protección A. Monumental I.

Protección B. Monumental II.

Protección C. Global Máxima.

Protección D. Global.

Protección E. Ambiental.

Protección F. Parcial.

Ordenanza R. Renovación.

Se recoge además la existencia de algún jardín privado protegido, o la inclusión de la parcela en alguna unidad de gestión del planeamiento.

 

2.4.3. ELEMENTOS DE INTERES

Se identifican los elementos de interes del objeto catalogado: toda la edificación (o todo el espacio urbano), determinados cuerpos (crujías, patios, galerías, fachadas) o piezas concretas (escaleras, portadas, pozos, arcadas, recercados decorativos, cerrajería, artesonados...).

En algunos casos, el objeto de interés tiene un carácter menos material: la implantación en la parcela, una determinada secuencia espacial (zaguán-patio-jardín...), la volumetría...

El Catálogo no recoge los elementos de mobiliario contenidos en su caso en el edificio (retablos, piezas escultóricas...), ni establece para ellos regimen alguno de protección.

 

Visto 5 veces Modificado por última vez en Miércoles, 22 Mayo 2013 06:36

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