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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PP S-1

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FICHAS PP

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C
SECTOR:PP S-1
DATOS GENERALES: 
clase de suelo:Suelo Urbanizable Programado (SUP)
denominación:CORDEL DE ECIJA
hoja/s nº orden:45
DATOS DE ORDENACION: 
instrumento de ordenación:PLAN PARCIAL
superficie (m2 suelo):68.703
índice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo):0,75
techo máximo edificable (m2 techo):51.527
usos globales:RESIDENCIALES
ordenanza/s de aplicación:Según Plan Parcial
sistema de actuación:COMPENSACION
iniciativa:PRIVADA
plazo de redacción:1º CUATRIENIO
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): 
viales (V):Según Plan Parcial.
  
espacios libres y zonas verdes (EL):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
otras dotaciones públicas (EQ):La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mínimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.).
 
OBJETIVOS: 
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable residencial, como "sellado" de los vacíos intersticiales presentes entre los asentamientos residenciales que configuran el borde de contacto de la ciudad con el río Guadalquivir en la zona del Cordel de Écija.
CONDICIONES DE DESARROLLO: 
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales de la ordenación contenida en la documentación gráfica del Plan General:
1.1.- Con carácter mínimo, las alineaciones establecidas al cauce del río, a la carretera de Cádiz y al Cordel de Écija (no pudiéndose sobrepasar su ancho legal). Con respecto al trazado de la Ronda de Poniente las edificaciones no podrán rebasar la línea límite de edificación establecida en la legislación específica para la misma según su carácter.
1.2.- La permeabilidad visual y peatonal del subsector norte de la actuación en el sentido del eje este-oeste. Con esta finalidad será preferible la disposición de las edificaciones de modo ortogonal al trazado del Cordel.
1.3.- Corresponderá a los propietarios del sector la ejecución del tramo de Paseo de borde de río comprendido en el interior del mismo.
2.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee.
 
 
 
 
 
 
  
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

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