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Martes, 21 Abril 2009 12:30

PAU-P LE-1

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FICHAS PAU

PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 4.2.- FICHAS DE PLANEAMIENTO PAU
AMBITO:PAU-P LE-1
DATOS GENERALES: 
  
clase de suelo:Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)
  
denominación:GRUPO PARCELACIONES LEVANTE-1
  
hoja/s nº orden: 
  
  
DATOS DE ORDENACION: 
  
instrumento de ordenación:PROGRAMA DE ACTUACION URBANISTICA
  
superficie (m2 suelo):645.294
  
índice de edificabilidad bruta máxima (m2t/m2s):0,15
  
techo máximo edificable (m2 techo):96.794
  
usos globales:RESIDENCIALES UNIFAMILIARES
  
usos incompatibles:INDUSTRIALES 3ª Y 4ª CATEGORIAS
  
formulación y redacción del PAU:PUBLICA
  
  
OBJETIVOS (A) Y CONDICIONES (B): 
  
A.- Actuación delimitada con objeto de la legalización de las parcelaciones Campiñuela-zona norte (08), Montón de la Tierra (52) y Porrillas (04).
B.- Condiciones:
B.1.- Cada PAU podrá reajustar justificadamente los límites de las parcelaciones agrupadas en su ámbito.
B.2.- Cesiones de suelo en el interior de la actuación y, en su caso, Sistemas Generales adscritos, según PAU; cada PAU localizará las Dotaciones Públicas que genere, con objeto de su optimización, atendiendo a criterios de "legibilidad territorial" (integración en la estructura territorial), focalizándolas y agrupándolas preferentemente en el entorno de los núcleos periféricos "Modelo". No obstante, cada PAU podrá definir en el entorno inmediato de cada una de sus parcelaciones agrupadas, los suelos dotacionales necesarios para el intercambio de servicios con la comunidad.
B.3.- Cada PAU podrá determinar las medidas en cuanto a dotación y mantenimiento de los servicios y características de los equipamientos, que serán las apropiadas a sus características y a las de la zona en que se localiza.
B.4.- Cada PAU incluirá, junto con la documentación exigida por la legislación vigente, un análisis socioeconómico y urbanístico de las parcelaciones afectadas por la actuación, con el objetivo de determinar los usos existentes que es necesario erradicar y los que se considerarán compatibles en el futuro.
B.5.- Cada PAU incluirá un análisis de los valores paisajísticos, agrícolas o ambientales afectados, de los posibles riesgos naturales existentes y, en su caso, de las posibles afecciones al dominio público, debiendo determinar las medidas que, necesariamente, deberá/n incorporar el/los futuro/s Plan/es Parcial/es con la finalidad de proteger dichos valores, de evitar los posibles riesgos existentes y de desafectar las zonas de dominio público que puedan estar ocupadas. El cumplimiento de estas medidas deberá quedar garantizado por parte de los propietarios previamente a la aprobación definitiva de el/los Plan/es Parcial/es que se formule/n para el desarrollo de cada PAU.
B.6.- El mantenimiento y conservación futura de los servicios urbanísticos (viario, saneamiento, abastecimiento, energía eléctrica, etc.) se realizará por parte de los propietarios, para lo cual constituirán una Entidad Urbanística de Conservación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA


Última actualización 31/10/2002

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