FICHAS PP
PLAN GENERAL DE ORDENACION CORDOBA / TEXTO REFUNDIDO OCT 2002 | 3.3.1.- FICHAS DE PLANEAMIENTO SUP 1C |
SECTOR: | PP O-1 |
DATOS GENERALES: | |
clase de suelo: | Suelo Urbanizable Programado (SUP) |
denominación: | CIUDAD JARDIN DE PONIENTE-1 |
hoja/s nº orden: | 11, 18 |
DATOS DE ORDENACION: | |
instrumento de ordenación: | PLAN PARCIAL |
superficie (m2 suelo): | 614.577 |
Ãndice de edificabilidad bruta (m2 techo/m2 suelo): | 0,35 |
techo máximo edificable (m2 techo): | 215.102 |
usos globales: | RESIDENCIALES |
ordenanza/s de aplicación: | UAS, UAD, CJ |
sistema de actuación: | COMPENSACION |
iniciativa: | PRIVADA |
plazo de redacción: | 1º CUATRIENIO |
CESIONES DE SUELO (en m2suelo): | |
viales (V): | Según Plan Parcial. |
espacios libres y zonas verdes (EL): | La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mÃnimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.). |
otras dotaciones públicas (EQ): | La resultante de aplicar las condiciones de ordenación vinculantes (con carácter mÃnimo cuantificación superficial según módulos R.P.U.). |
OBJETIVOS: | |
Generación y urbanización de un sector de suelo edificable de uso residencial, con morfologÃas de "ciudad jardÃn", de transición entre los sectores de vivienda unifamiliar de El Patriarca, El Tablero y área de San Rafael de la Albaida y las extensiones plurifamiliares existentes y previstas interiores a la Ronda de Poniente. | |
CONDICIONES DE DESARROLLO: | |
1.- Se consideran vinculantes los siguientes aspectos formales reflejados en la documentación gráfica del Plan General: | |
1.1.- El trazado de un vial sobre la margen norte del sector, con trazado análogo al grafiado en el Plan General. El Plan Parcial zonificará al norte de este vial únicamente usos dotacionales públicos. | |
1.2.- El trazado del tramo de prolongación de la avenida de la Arruzafilla contenido en el presente sector. El Plan Parcial ejecutará asimismo el tramo de conexión con la citada avenida perteneciente al ámbito SGEL SUP-2. | |
1.3.- Con carácter mÃnimo, las alineaciones establecidas con relación al referido tramo de prolongación y con respecto a la calle Barón de Fuente Quinto (lÃmite oriental del sector). | |
1.4.- La estructura viaria propuesta, en cuanto a las conexiones pretendidas con las tramas colindantes, urbanas existentes y urbanizables futuras. El Plan Parcial solucionará y ejecutará dichas conexiones. | |
1.5.- El Plan Parcial podrá efectuar sobre los trazados de los viales descritos las precisiones o modificaciones oportunas que por circunstancias derivadas de la topografÃa del terreno o razón justificada resultaren convenientes. | |
2.- El Plan Parcial procurará, mediante la ordenación que proponga, la disociación de los tráficos peatonales lúdicos de los rodados y resto de peatonales. | |
3.- El Plan Parcial respetará el trazado de las principales escorrentÃas y caminos históricos incluidos en el ámbito, integrándolos en áreas de Espacios Libres lineales aptos para tráfico peatonal lúdico, de modo análogo al representado en la documentación gráfica del Plan General. El Plan Parcial definirá las anchuras correspondientes. | |
4.- Se destinarán preferentemente para uso como Espacios Libres los terrenos sobre los que existe un "Naranjal" localizados en la margen septentrional del sector. | |
5.- El Plan Parcial definirá una ordenanza "Ciudad JardÃn" (CJ) especÃfica, con una altura máxima de PB+2 para usos residenciales unifamiliares y plurifamiliares, con el objetivo general de focalizar intensidades, esponjando la implantación del resto de edificaciones en el sector, concentrando actividades compatibles y estructurando la actuación en su aspecto formal; ejes, centros, etc. . Las ordenaciones en UAD que el Plan Parcial proponga se alejarán de modos de implantación suburbiales, con objeto de evitar la generación de frentes continuos de excesiva longitud alineados a vial, tomándose en este sentido como mejor referencia los modos de implantación de tipologÃas aisladas. | |
6.- El Plan Parcial destinará a viviendas protegidas en cualquiera de sus modalidades (V.P.O.) el veinticinco por ciento (25%) de las viviendas que plantee. | |
GERENCIA DE URBANISMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA |
Última actualización 31/10/2002